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DECRETO LEY 1760 DE 2003 (V) -*
ART. 29. — Gerente.
ART. 29 -
La representación legal de la Sociedad Promotora de Energía de Colombia S.A. estará a cargo de un gerente, que será designado por la junta directiva. La forma de designación, período y suplencias del representante legal serán los que señalen los estatutos.
