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DECRETO LEY 2106 DE 2019 (V) -*

ART. 2º.

ART. 2º -

—  Ámbito de aplicación. El presente decreto se aplicará a todos los organismos, entidades y personas integrantes de la Administración Pública en los términos del artículo 39 de la Ley 489 de 1998, y a los particulares cuando cumplan funciones administrativas o públicas. A todos ellos se les dará el nombre de autoridades.