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DECRETO ORDINARIO 1404 DE 2005 (V)
ART. 14. — Perfeccionamiento del negocio jurídico.
ART. 14 -
La enajenación de los activos y la cesión de los derechos y contratos de Ecogas se entenderá perfeccionada cuando se otorgue la escritura pública del contrato de enajenación de los activos y cesión de los Derechos y Contratos de Ecogas, sin perjuicio de la suscripción de los instrumentos determinados en el Programa de Fundación que sean necesarios para documentar las operaciones.
