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DECRETO ORDINARIO 1471 DE 2014 (V) -*

ART. 29. –– Determinación de equivalencias.

ART. 29 -

Las entidades reguladoras serán competentes para determinar las equivalencias de los reglamentos técnicos, previo estudio técnico que las soporten. En caso que se determine una equivalencia, deberá hacerse la modificación del reglamento técnico correspondiente.