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LEY 1228 DE 2008 (V) -*

ART. 11.—Incorporación a los Planes de Ordenamiento Territorial.

ART. 11 -

Lo dispuesto en la presente ley deberá ser incorporado en los respectivos planes de ordenamiento territorial y planes básicos de ordenamiento territorial de que habla la Ley 388 de 1997 y que por disposición legal debe ser adoptado en cada uno de los municipios del país.