Menú
Ver Detalle
LEY 142 DE 1994 (V) -*
ART. 112.— Notificaciones
ART. 112 -
. La autoridad podrá contratar con empresas especializadas, de reconocida seriedad, que ofrezcan póliza de cumplimiento, para que hagan las notificaciones de los actos administrativos a que se refiere esta ley.
