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LEY 2169 DE 2021 (V) -*

ART. 21º

ART. 21º -

—  El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en caso de encontrar presuntas irregularidades o ante denuncias debidamente fundamentadas de alguna comunidad, en el desarrollo e implementación de lo dispuesto en la normatividad dentro de las iniciativas de mitigación de gases de efecto invernadero, podrá solicitar información complementaria, realizar visita al lugar de implementación de la iniciativa y dar traslado a las entidades competentes con el fin de que adelanten las acciones a las que haya lugar.