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RESOLUCIÓN CREG 003 DE 2021 (V) -*
ART. 1º
ART. 1º -
— A partir de la fecha de vigencia de la presente resolución, los prestadores del servicio público domiciliario de energía eléctrica y los prestadores del servicio público domiciliario de distribución de gas combustible por red de tubería calcularán los subsidios aplicables al consumo de los usuarios residenciales de estrato 1 y 2, aplicando las fórmulas, variables y disposiciones que se establecen en la presente resolución.
