Menú
Ver Detalle
ART. 11º— Modifíquese el numeral 3.1.6. del Anexo de la Resolución CREG 065 de 2015.
ART. 11º - 
El numeral 3.1.6. del Anexo la Resolución CREG 065 de 2015 quedará así:
“Valor de la garantía para los vendedores: La garantía de participación tiene un valor conforme a la declaración de oferta al gestor del mercado de gas natural, en su calidad de administrador de las subastas.

