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Resolución Creg 017 De 2005
Art. 2° -
Fórmula de actualización del CI. El costo de interrupción del servicio de gas –CI– se actualizará mensualmente utilizando la siguiente fórmula: Donde, CI
m
: Costo de Interrupción, expresado en pesos por metro cúbico, correspondiente al mes m de prestación del servicio IPP
m-1
: Índice de precios al productor total nacional reportado por el Banco de la República para el mes (m-1). IPP
0
: Índice de precios al productor total nacional reportado por el Banco de la República para el mes de octubre de 2004 (Art. 5º).
(...)
