Menú
Ver Detalle
RESOLUCIÓN CREG 025 DE 2020 (S.V)
ART. 2º— Vigencia.
ART. 2º -
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ART. 2º— Vigencia.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE