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RESOLUCIÓN CREG 026 DE 2003 (S.V)
ART. 4º—
ART. 4º -
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el diario oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
ART. 4º—
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el diario oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
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