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RESOLUCIÓN CREG 03 DE 2018 (V)

Artículo 4. .

ART. 4 -

Modificar el artículo 9 de la Resolución CREG 110 de 2011, modificado por el artículo 3 de la Resolución CREG 104 de 2017, el cual quedará así:

“Artículo 9. Cargos Regulados de Referencia para la Remuneración de los Costos de Inversión. Para remunerar los costos de inversión para el sistema de transporte definido en el artículo 1 de esta Resolución, de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 126 de 2010, se aprueban las siguientes parejas de cargos regulados:

Res. 03 art. 4 cu. 1.PNGRes. 03 art. 4 cu. 2.PNG

C.F. = Cargo fijo expresado en US $ de diciembre 31 de 2009 por kpcd-año.  

C.V. = Cargo variable expresado en US $ de diciembre 31 de 2009 por kpc.  

[1] Porcentaje de la inversión remunerada con cargo fijo.  

[2] Incluye ramales Sur de Bolívar.  

Nota:   Para la interpretación de esta Resolución las cifras decimales se separan con coma y las cifras de miles se separan con punto.

Res. 03 art 4 tabla 2(1).PNGRes. 03 art 4 tabla 2.1(2).PNG

C.F. = Cargo fijo expresado en US $ de diciembre 31 de 2009 por kpcd-año.  

C.V. = Cargo variable expresado en US $ de diciembre 31 de 2009 por kpc.  

[1] Porcentaje de la inversión remunerada con cargo fijo.  

[2] Incluye ramales Sur de Bolívar.

Nota:   Para la interpretación de esta Resolución las cifras decimales se separan con coma y las cifras de miles se separan con punto.

Res. 03 art 4 tabla 3.PNGRes. 03 art 4 tabla 3.1.PNG

C.F. = Cargo fijo expresado en US $ de diciembre 31 de 2009 por kpcd-año. 

C.V. = Cargo variable expresado en US $ de diciembre 31 de 2009 por kpc. 

[1] Porcentaje de la inversión remunerada con cargo fijo.  

[2] Incluye ramales Sur de Bolívar.

Nota:   Para la interpretación de esta Resolución las cifras decimales se separan con coma y las cifras de miles se separan con punto.

Parágrafo. Para establecer los cargos fijos y variables aplicables en un punto determinado, se suman los cargos fijos y variables por distancia de cada tramo con la pareja de cargos fijos y variables por estampilla establecidos para el grupo de gasoductos ramales. Para el gasoducto Morichal – Yopal no se suman los cargos fijos y variables por estampilla.

”.