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RESOLUCIÓN CREG 033 DE 2018 (V) -*

ART. 3º

ART. 3º -

—  Principios rectores. Los agentes a los cuales le son aplicables las presentes disposiciones deberán cumplir con las siguientes obligaciones y ajustar sus conductas atendiendo lo previsto en la Ley 142 de 1994 en materia de libre acceso, neutralidad y eficiencia:

  1. Cumplir debidamente con los plazos aquí previstos;

  2. Suministrar información veraz, oportuna, confiable y de calidad. En consecuencia, no podrán negar o dilatar el acceso a información. También deberán abstenerse de entregar información que no coincida con la realidad, incompleta o que induzca al error o no cumpla la finalidad para la cual fue requerida.

  3. Otorgar el mismo tratamiento a todos los interesados.

  4. Abstenerse de cobrar e incorporar costos no previstos en la regulación o de ocultar costos o no hacerlos visibles.

  5. Abstenerse de realizar conductas que afecten o limiten la eficacia de la presente resolución en los términos del artículo 37 de la Ley 142 de 1994.