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RESOLUCIÓN CREG 057 DE 1996 (V) -*
ART. 159.—
ART. 159 -
Coordinación del despacho central de gas y del despacho eléctrico. Una vez se organice el despacho central de gas y sea necesario coordinar este con el despacho eléctrico, este último se efectuará primero. En resolución aparte la CREG definirá las condiciones y el procedimiento para la coordinación de los dos despachos.
