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RESOLUCIÓN CREG 080 DE 2019 (V) -*

ART. 24º

ART. 24º -

— Riesgo en la prestación del servicio. Los agentes mencionados en el artículo 2 de esta resolución deben desarrollar sus actividades con diligencia y seguridad, sin utilizar mecanismos, estrategias o cualquier otro instrumento que tenga la capacidad, el propósito o el efecto de poner en riesgo la prestación del servicio público.