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RESOLUCIÓN CREG 102 007 DE 2022 (V)
ART. 10º
ART. 10º -
— Vigencia de la presente resolución. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ART. 10º
— Vigencia de la presente resolución. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
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