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RESOLUCIÓN CREG 102 013 DE 2024 (V) -*
ART. 1° —
ART. 1° -
Las siguientes definiciones deberán tenerse en cuenta para efectos de la presente Resolución:
Semana calendario: período de tiempo que va desde las 00:00 de un día de la semana hasta las 24:00 horas del séptimo día calendario siguiente.
Semana laboral: período de tiempo que va desde las 00:00 del lunes hasta las 24:00 horas del viernes de la misma semana calendario. La semana laboral no tendrá en cuenta los días festivos que se presenten en el período de tiempo estipulado.
