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RESOLUCIÓN CREG 105 003 DE 2023 (V)

ART. 10°— Actas de la Comisión

ART. 10° -

. De las sesiones de la Comisión se dejará constancia en actas, que serán suscritas por el Presidente, el director ejecutivo y el secretario técnico de la Comisión, las cuales serán sometidas a aprobación por la Comisión en la siguiente sesión.