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RESOLUCIÓN CREG 105 003 DE 2023 (V)

CAPÍTULO V

ART. 37° -

DEROGATORIAS Y VIGENCIA

ART. 37° — Vigencia. Conforme al Artículo 21 de la ley 143 de 1994,modificado por el Artículo 44 de Ley 2099 de 2021, la presente resolución rige a partir de la publicación del Decreto Aprobatorio por parte del Gobierno Nacional y deroga la Resolución CREG 039 de 2017.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE