Logo Grupo Vanti

Ver Detalle

RESOLUCIÓN CREG 108 DE 1997 (V) -*

ART. 47.— Prohibición de exoneración.

ART. 47 -

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 99 de la Ley 142 de 1994, la empresa no podrá exonerar a ningún suscriptor o usuario del pago de los servicios públicos que preste (Art. 99 , num. 6º).