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RESOLUCIÓN CREG 108 DE 1997 (V) -*

ART. 66.— Difusión.

ART. 66 -

Las Empresas adelantarán actividades de difusión de la presente resolución, entre los suscriptores, usuarios, personeros municipales, y los comités de desarrollo y control social de los servicios públicos domiciliarios, con sujeción a la ley.