Menú
Ver Detalle
RESOLUCIÓN CREG 126 DE 2010 (S.V)
Inversiones en estaciones entre transportadores.
ART. 35 -
ART. 35.—Las inversiones en estaciones entre transportadores que sean realizadas a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución harán parte de la base de activos a reconocer en el tramo o grupo de gasoductos del transportador que requiera la estación.
