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RESOLUCIÓN CREG 138 DE 2020 (S.V)

ART. 8º—

ART. 8º -

Para el cálculo de la PTDVF o CIDVF disponible de cada vendedor y fuente para el año de gas 2020-2021, para las subastas de contratos de suministro C1, teniendo en cuenta el  numeral 1 del literal B del Artículo 26 de la Resolución CREG 114 de 2017 y aquellas que la modifiquen, adicionen o sustituyan, el Gestor restará a las cantidades de PTDVF o CIDVF remanentes determinadas conforme al artículo anterior, las cantidades reservadas conforme a lo dispuesto en el literal A del Artículo 26 de la Resolución CREG 114 de 2017 y aquellas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.