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RESOLUCIÓN CREG 152 DE 2018 (V)
ART. 2º
ART. 2º -
— Vigencia de la presente resolución. La presente resolución regirá desde su publicación en el Diario Oficial y perderá su vigencia el 31 de diciembre de 2019, cuando termine el período de aplicación de los subsidios previsto en la Ley 1940 de 2018.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
