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RESOLUCIÓN CREG 174 DE 2021 (V)
Anexo. 1.4 - inline-581751e862c66ab4.png

 Costo de compra de energía ($/kWh) para el mes m-1, del comercializador minorista i, según lo establecido en la Resolución CREG 119 de 2007 o aquella que la modifique o sustituya. En el caso de usuarios no regulados es el costo pactado.

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  Aplica misma definición relacionada cuando se definió la variable Q21m-1,i

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 Aplica misma definición relacionada cuando se definió la variable Q21m-1,i.

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Aplica misma definición relacionada cuando se definió la variable Q21m-1,i

QExc2m-1,i:   Relación entre: i)

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 cantidad de excedentes de energía de los AGPE, con capacidad instalada o nominal menor o igual a 1 MW, que les aplica lo establecido en los literales b) de los numerales 1) y 2) del artículo 25 de esta resolución, para el Comercializador Minorista i, liquidados en el mes m-1, con destino al mercado regulado; y ii) DCRi,m-1.

Se calcula de la siguiente forma (valor adimensional):

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      Donde:

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 corresponde a la energía

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 de qué trata el artículo 26 de esta resolución, para el AGPE u, con capacidad instalada o nominal menor o igual a 1 MW, expresado en kWh, del Comercializador Minorista i, en el mercado de comercialización mj.

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 es el número total de AGPE, con capacidad instalada o nominal menor o igual a 1 MW, del comercializador minorista i que tienen valores asociados a la variable

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 de qué trata el artículo 26 de esta resolución (el subíndice u indica el usuario).

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 es el número total de mercados de comercialización donde el comercializador i tiene AGPE con capacidad instalada o nominal menor o igual a 1 MW y con valores asociados a la variable

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 de qué trata el artículo 26 de esta resolución. El parámetro mj es usado para iterar a través de los mercados de comercialización.

hx: corresponde a la variable definida en el artículo 26 de esta resolución.

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Precio promedio ponderado actualizado para el mes m-1, de los AGPE, con capacidad instalada o nominal menor o igual a 1 MW, para la energía que le aplica lo establecido en los literales b) de los numerales 1) y 2) del artículo 25 de esta resolución, para el Comercializador Minorista i, liquidados en el mes m-1, con destino al mercado regulado. Es expresado en pesos por kilovatio hora (COP/kWh) y se calcula así: