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RESOLUCIÓN CREG 175 DE 2021 (V) -*
ART. 22.3 - inline-c113c22f9db2d840.png

 Valor presente ajustado de inversiones del PNI correspondientes a redes tipo II con la tasa Tkv. Este valor estará expresado en pesos colombianos de la fecha base, el cual debe ajustarse siguiendo lo expresado en el Artículo 13 de la presente resolución. Cuando la 

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, entre en operación conforme a las disposiciones del Artículo 28 se recalculará el 

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teniendo en cuenta los valores de demanda para el horizonte de proyección contados desde ese año.

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 Valor presente ajustado de inversión en aumento de capacidad correspondiente a un gasoducto o a una estación de compresión con la tasa Tkv. Este valor estará expresado en pesos colombianos de la fecha base, el cual debe ajustarse siguiendo lo expresado en el Artículo 14 de la presente resolución. Cuando la 

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 entre en operación, conforme a las disposiciones del Artículo 28 se recalculará el

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 teniendo en cuenta los valores de demanda para el horizonte de proyección contados desde ese año.

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 Demanda esperada de volumen asociada a la inversión existente, expresada en kpc-año. Cuando, conforme a las disposiciones del Artículo 28 se incluya alguna inversión

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 en los cargos los valores de demanda se deberán actualizar para el horizonte de proyección aplicando las disposiciones Artículo 21 .

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 Demanda anual esperada de volumen asociada a la inversión tipo II,

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, para el horizonte de proyección, expresada en kpc-año. Cuando, conforme a las disposiciones del Artículo 28 se incluya alguna inversión

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 en los cargos los valores de demanda se deberán actualizar para el horizonte de proyección aplicando las disposiciones Artículo 21 .

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 Demanda esperada de capacidad asociada a proyectos IAC, para el horizonte de proyección, expresada en kpc-año. Cuando, conforme a las disposiciones del Artículo 28 se incluya alguna inversión  

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en los cargos los valores de demanda se deberán actualizar para el horizonte de proyección aplicando las disposiciones Artículo 21 .

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 Tasa promedio de costo de capital, real antes de impuestos, remunerado por servicios de volumen a través de cargos variables expresados en pesos colombianos.

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 Valor presente de la demanda 

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