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RESOLUCIÓN CREG 175 DE 2021 (V) -*
PAR.1.
ART. 32.1 - 

— Con base en las disposiciones de los artículos 33, 34 y 35 de la presente resolución, la Comisión expedirá una resolución en la que adoptará el flujo de ingresos para remunerar el valor eficiente de las inversiones y los gastos de AOM del proyecto e IPAT, como se establece en el capítulo VI de la presente resolución.
