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ART. 2º
— Modificado res. 186 de 2013, art. 1, CREG. Definición de Variables. Las variables o componentes utilizadas en esta Resolución deberán entenderse en la forma como se define a continuación:
Mc
Mes para el cual se calcula la tarifa.
Mi
Primer mes de aplicación del subsidio de que trata la presente resolución.
CS
Consumo de Subsistencia.
C mi
Costo de Prestación del Servicio para el mes de inicio mi.
C mc
Costo de Prestación del Servicio para el mes de cálculo mc.
%Smc,e
Porcentaje de Subsidio para el estrato e, calculado para el mes de cálculo mc.
%Smi,e
Porcentaje de Subsidio para el estrato e, calculado para el primer mes de aplicación del subsidio de que trata la presente resolución.
Tarifa a aplicar en el mes de inicio para el estrato e, en el rango de consumo entre cero (0) y el CS.
Tarifa a aplicar en el mes de cálculo para el estrato e, en el rango de consumo entre cero (0) y el CS.
e
Estrato socioeconómico uno (1) ó dos (2).
IPC
Índice de Precios al Consumidor publicado por el DANE.
Energía Eléctrica Sistema Interconectado Nacional(Resolución CREG-119 de 2007 o aquellas que la modifiquen, aclaren o sustituyan)
CUEq,n,m,i,j,e : Costo Unitario Equivalente de prestación del servicio de energía Eléctrica ($/kWh), para los usuarios de estrato e conectados al nivel de tensión n, correspondiente al mes m, del Comercializador Minorista i, en el Mercado de Comercialización j.
Donde:
CUvn.m.i.j
Componente variable del Costo Unitario de Prestación del Servicio ($/kWh) para los usuarios conectados al nivel de tensión n, correspondiente al mes m, del Comercializador Minorista i, en el Mercado de Comercialización j calculado conforme a la Resolución CREG 119 de 2007 o aquellas que la modifiquen, aclaren o sustituyan.
CUfm,j
Componente fija del Costo Unitario de Prestación del Servicio ($/factura) correspondiente al mes m para el Mercado de Comercialización j calculado conforme a la Resolución CREG 119 de 2007 o aquellas que la modifiquen, aclaren o sustituyan.
Consumo promedio facturado de cero hasta el consumo de subsistencia para el mes anterior al de inicio o de cálculo m, correspondiente al estrato e, nivel de tensión n, comercializador minorista i, y mercado de comercialización j.
Gas Combustible por Red de Tuberías (Resolución CREG-138 de 2013 o aquellas que la modifiquen, aclaren o sustituyan)
CUEqm,i,j,e : Es el Costo equivalente de Prestación del Servicio de Gas Combustible por Redes de Tubería expresado en ($/m3) aplicable en el mes m a los usuarios de estrato e del Áreas de Servicio Exclusivo i y que es atendido por el comercializador j.
Donde:
CUvm,i,j,e
Componente variable del Costo Unitario de Prestación del Servicio Público de Gas Combustible por redes de tubería expresado en ($/m3), aplicable en el mes m a los usuarios del estrato e, del Área de Servicio Exclusivo i y atendidos por el comercializador j.
CUfm,i,j,e
Componente fijo del Costo Unitario de Prestación del Servicio Público de Gas Combustible por Redes de Tubería expresado en ($/factura) aplicable en el mes m a los usuarios del estrato e, del Área de Servicio Exclusivo i y atendidos por el comercializador j.
Consumo promedio facturado de cero hasta el consumo de subsistencia para el mes anterior al de inicio o al de cálculo correspondiente al estrato e del Área de Servicio Exclusivo i y atendido por el comercializador j.
Gas Combustible por Red de Tuberías (Resolución CREG-137 de 2013 o aquellas que las modifiquen, aclaren o sustituyan)
CUEqm,i,j,e : Es el Costo equivalente de Prestación del Servicio de Gas Combustible por Red expresado en ($/m3), aplicable en el mes m a los usuarios del estrato e, del Mercado Relevante de Comercialización i y que es atendido por el comercializador j
Donde:
CUvm,i,j,e
Componente variable del Costo Unitario de Prestación del Servicio Público de Gas Combustible por redes de tubería expresado en ($/m3), aplicable en el mes m a los usuarios del Mercado Relevante de Comercialización i y atendidos por el comercializador j.
CUfm,i,j,e
Componente fijo del Costo Unitario de Prestación del Servicio Público de Gas Combustible por Redes de Tubería expresado en ($/factura) aplicable en el mes m a los usuarios del Mercado Relevante de Comercialización i y atendidos por el comercializador j.
Consumo promedio facturado de cero hasta el consumo de subsistencia para el mes anterior al de inicio o de cálculo m, correspondiente al estrato e del Mercado Relevante de Comercialización i y atendido por el comercializador j.
Para cada servicio público domiciliario, el Costo de Prestación del Servicio , se entenderá como:
PARÁGRAFO 1: Se entiende como Tarifa el valor resultante de aplicar al Costo de Prestación del Servicio el factor de subsidio o contribución que corresponda al usuario y la cual se ve reflejada en la factura.
PARÁGRAFO 2: En caso de que el valor de
o sea igual a cero, dicho valor se tomará igual al consumo de subsistencia correspondiente.
