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RESOLUCION CREG 190 DE 2017 (S.V)

ART. 2.  Principios.

ART. 2 -

El trámite de las peticiones, quejas, reclamos y sugerencias se hará con estricta observancia de los principios constitucionales del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad.