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Tabla No. 20
Líneas rígidas de conducción en material diferente a acero inoxidable

7.1.19. Cierres de la línea de descarga que se utiliza en los equipos de conversión. Los cierres de la línea de descarga que se utilizan en los equipos de conversión para vehículos automotores deberán cumplir con los siguientes requisitos particulares de etiquetado y técnicos específicos.
7.1.19.1. Requisitos particulares de rotulado para cierres de la línea de descarga. El rotulado de los cierres de la línea de descarga debe brindar la información suficiente para identificar:
a) El nombre del fabricante o su representante, marca comercial o logotipo.
b) La designación del modelo (el número de la parte).
c) El número de serie o el código de fecha.
7.1.19.2. Requisitos técnicos específicos, numerales y ensayos aplicables. Cierres de la línea de descarga. Los cierres de la línea de descarga deben cumplir con los requisitos técnicos específicos y con los respectivos ensayos de los numerales establecidos en la Norma Técnica Colombiana NTC 4830-21: 2023-27-07, de acuerdo con lo señalado en la siguiente Tabla No. 21:
Tabla No. 21
Cierres de la línea de descarga

7.1.20. Cilindros para almacenamiento de GNCV dentro de los vehículos. Los cilindros para almacenamiento de GNCV dentro de los vehículos deberán cumplir con los siguientes requisitos particulares de marcado y técnicos específicos.
7.1.20.1. Requisitos particulares de marcado para cilindros para almacenamiento de GNCV dentro de los vehículos. El marcado de los cilindros para almacenamiento de GNCV dentro de los vehículos debe brindar la información suficiente para identificar:
a) Las palabras “SOLO GNCV”.
b) Las palabras “NO USAR DESPUÉS DE XX/XXXX” (donde XX/XXXX identifica el mes y año de vencimiento).
c) El período comprendido entre la fecha de despacho y la fecha de vencimiento no debe superar la vida de servicio esperada. La fecha de vencimiento se puede aplicar al cilindro al momento del despacho, siempre y cuando los cilindros hayan estado almacenados en un sitio seco y sin presión interna.
d) La identificación del fabricante.
e) La identificación del cilindro (un número de serie exclusivo para cada cilindro).
f) La presión de trabajo a temperatura.
g) La referencia a esta norma “NTC3847 (ISO 11439), así como la clase de cilindro y el número del certificado de registro (según sea apropiado).
h) Las palabras “Solo para el uso aprobado por el fabricante - PRO aprobado”.
i) Cuando se usen etiquetas, se debe colocar un número de identificación exclusiva y la identificación del fabricante sobre una superficie de metal a la vista para poder identificar el cilindro si se destruyera la etiqueta.
j) La fecha de fabricación (mes y año).
7.1.20.2. Cilindros usados. La instalación de cilindros que han sido sometidos a un uso anterior está permitida y debe hacerse previa verificación del cumplimiento de los requisitos contemplados en este Reglamento a través del seguimiento de la documentación sobre su uso anterior, y además se debe anexar:
- El último reporte del ensayo de prueba hidrostática y/o de otros ensayos realizados al cilindro en su última recalificación, si se trata de cilindros tipo 1, Tipo 2 y Tipo 3, los cuales, para ser válidos, se debieron llevar a cabo por laboratorios de ensayo acreditados; o
- El último informe de inspección realizada al cilindro en su última recalificación, si se trata de cilindros tipo 1, Tipo 2, Tipo 3 o Tipo 4, los cuales, para ser válidos, se debieron llevar a cabo por organismos de inspección acreditados; y
El acta de monte y desmonte de parte del taller.
- La fecha de realización del último ensayo de prueba hidrostática documentada en el reporte de ensayo, o de realización de la última inspección documentada en el informe de inspección; que se anexe; no debe superar los seis (6) meses respecto de la fecha en la que el cilindro se instala en el vehículo a convertir.
7.1.20.3. Requisitos técnicos específicos, numerales y ensayos aplicables. Cilindros para almacenamiento de GNCV dentro de los vehículos. Los cilindros para almacenamiento de GNCV dentro de los vehículos deben cumplir con los requisitos técnicos específicos y con los respectivos ensayos de los numerales establecidos en la Norma Técnica Colombiana NTC 3847: 2023-07-27, de acuerdo con lo señalado en la siguiente Tabla No. 22:
Tabla No. 22
Cilindros para almacenamiento de GNCV dentro de los vehículos

7.2 Componentes de Baja Presión AutoGLP**.** Los componentes del equipo de conversión deben presentar certificados de conformidad cumpliendo, como mínimo, con los siguientes requisitos específicos y estarán sujetos al cumplimiento de requisitos de etiquetado y requisitos técnicos.
7.2.1 Requisitos particulares de marcado para tanques de almacenamiento AutoGLP dentro de los vehículos.
Los recipientes para almacenamiento de AutoGLP objeto del presente Reglamento Técnico, de fabricación nacional o importado, deberán contener como mínimo la información que se indica a continuación y dicha información deberá colocarse sobre la placa de montaje o el anillo, o la placa de rotulado de forma legible e indeleble:
l. El número de serie
2. La capacidad en litros;
3. La marca “AutoGLP” o “Autogas”;
4. La presión hidráulica de ensayo en bar “xx bar”, o MPa “xx MPa” o kPa “xxxx kPa”.
5. La frase: “máximo llenado: 80%”;
6. Año y mes del ensayo hidráulico (por ejemplo: 2020/11);
7. Diámetro (para recipientes cilíndricos), o altura (para recipientes especiales), o ancho x longitud;
8. El nombre o marca del productor (si no se marcó de forma permanente en otros lugares del tanque);
9. Cuando un recipiente es diseñado para temperaturas debajo de -40 ºC, se debe indicar una referencia en el recipiente para asegurar su correcta orientación al momento de la instalación.
7.2.1.1 Requisitos técnicos específicos, numerales y ensayos aplicables. Tanques de almacenamiento AutoGLP dentro de los vehículos. Los tanques para almacenamiento de autoGLP dentro de los vehículos deben cumplir con los requisitos técnicos específicos y con los respectivos ensayos de los numerales establecidos en la Norma Técnica Colombiana NTC-ISO 20826: 2022- 12-14, de acuerdo con lo señalado en la siguiente Tabla No. 23:
Tabla No. 23
Tanques para almacenamiento de autoGLP dentro de los vehículos

7.2.2. Válvulas de parada del 80% que se utilizan en los equipos de conversión. Las válvulas de parada del 80% que se utilizan en los equipos de conversión para vehículos automotores deberán cumplir con los siguientes requisitos particulares de etiquetado y técnicos específicos.
7.2.2.1. Requisitos particulares de etiquetado para válvulas de parada del 80%. La etiqueta deberá contener al menos la siguiente información:
a) El nombre del fabricante o su representante, marca comercial o logotipo.
b) La designación del modelo (el número de la parte).
c) La presión de trabajo o el rango de la presión de trabajo y de temperatura.
7.2.2.2. Requisitos técnicos específicos, numerales y ensayos aplicables. Válvula de parada del 80%. Las válvulas de parada del 80% deben cumplir con los requisitos técnicos específicos y con los respectivos ensayos de los numerales establecidos en la Norma Técnica Colombiana NTC-ISO 20766-3: 2022-12-14, de acuerdo con lo señalado en la siguiente Tabla No. 24:
Tabla No. 24
Válvula de parada del 80%

7.2.3. Indicador de nivel que se utiliza en los equipos de conversión. Los indicadores de nivel que se utilizan en los equipos de conversión a autoGLP para vehículos automotores deberán cumplir con los siguientes requisitos particulares de etiquetado y técnicos específicos.
7.2.3.1. Requisitos particulares de etiquetado para indicadores de nivel. La etiqueta deberá contener al menos la siguiente información:
a) El nombre del fabricante o su representante, marca comercial o logotipo.
b) La designación del modelo (el número de la parte).
c) La presión de trabajo o el rango de la presión de trabajo y de temperatura.
7.2.3.2 Requisitos técnicos específicos, numerales y ensayos aplicables. Indicador de nivel. Los indicadores de nivel deben cumplir con los requisitos técnicos específicos y con los respectivos ensayos de los numerales establecidos en la Norma Técnica Colombiana NTC-ISO 20766-4: 2022-12-14, de acuerdo con lo señalado en la siguiente Tabla No. 25:
Tabla No. 25
Indicador de nivel

7.2.4. Sistema de selección de combustible e instalaciones eléctricas que se utiliza en los equipos de conversión. El sistema de selección de combustible e instalaciones eléctricas que se utilizan en los equipos de conversión a autoGLP para vehículos automotores deberán cumplir con los siguientes requisitos particulares de etiquetado y técnicos específicos.
7.2.4.1. Requisitos particulares de etiquetado para el sistema de selección de combustible e instalaciones eléctricas. La etiqueta deberá contener al menos la siguiente información:
a) El nombre del fabricante o su representante, marca comercial o logotipo.
b) La designación del modelo (el número de la parte).
c) Las especificaciones de operación (intervalo de temperatura y parámetros eléctricos nominales).
7.2.4.2. Requisitos técnicos específicos, numerales y ensayos aplicables. El sistema de selección de combustible e instalaciones eléctricas debe cumplir con los requisitos técnicos específicos y con los respectivos ensayos de los numerales establecidos en la Norma Técnica Colombiana NTCISO 20766-5:2023-15-11, de acuerdo con lo señalado en la siguiente Tabla No. 26:
Tabla No. 26
Sistema de selección de combustible e instalaciones eléctricas

7.2.5. Válvula de alivio de presión que se utiliza en los equipos de conversión. Las válvulas de alivio de presión que se utilizan en los equipos de conversión a autoGLP para vehículos automotores deberán cumplir con los siguientes requisitos particulares de etiquetado y técnicos específicos.
7.2.5.1. Requisitos particulares de etiquetado para válvula de alivio de presión. La etiqueta deberá contener al menos la siguiente información:
a) El nombre del fabricante o su representante, marca comercial o logotipo.
b) La designación del modelo (el número de la parte).
c) La presión de trabajo o el rango de la presión de trabajo y de temperatura.
7.2.5.2. Requisitos técnicos específicos, numerales y ensayos aplicables. La válvula de alivio de presión debe cumplir con los requisitos técnicos específicos y con los respectivos ensayos de los numerales establecidos en la Norma Técnica Colombiana NTC-ISO 20766-6:2022-12-14, de acuerdo con lo señalado en la siguiente Tabla No. 27:
Tabla No. 27
Válvula de alivio de presión

7.2.6. Válvula de servicio controlada en forma remota con válvula de exceso de flujo que se utiliza en los equipos de conversión. Las válvulas de servicio controladas en forma remota con válvula de exceso de flujo que se utilizan en los equipos de conversión a autoGLP para vehículos automotores deberán cumplir con los siguientes requisitos particulares de etiquetado y técnicos específicos.
7.2.6.1. Requisitos particulares de la etiqueta para la válvula de servicio controlada en forma remota con válvula de exceso de flujo. La etiqueta deberá contener al menos la siguiente información:
a) El nombre del fabricante o su representante, marca comercial o logotipo.
b) La designación del modelo (el número de la parte).
c) La presión de trabajo y el rango de temperatura.
d) El año y mes de fabricación;
e) Capacidad de flujo de cierre nominal
7.2.6.2. Requisitos técnicos específicos, numerales y ensayos aplicables a la válvula de servicio controlada en forma remota con válvula de exceso de flujo. La Válvula de servicio controlada en forma remota con válvula de exceso de flujo debe cumplir con los requisitos técnicos específicos y con los respectivos ensayos de los numerales establecidos en la Norma Técnica Colombiana NTC-ISO 20766-7: 2023-27- 07, de acuerdo con lo señalado en la siguiente Tabla No. 28:
Tabla No. 28
Válvula de servicio controlada en forma remota con válvula de exceso de flujo

PAR. - Se aceptarán como equivalentes, para efectos de validación, los requisitos, ensayos y resultados de los procedimientos de evaluación de la conformidad basados en la norma ISO 15500-20: 2015.
PAR. - Se aceptarán como equivalentes, para efectos de validación, los requisitos, ensayos y resultados de los procedimientos de evaluación de la conformidad basados en la norma ISO 15500-21: 2023.
PAR. - Se aceptarán como equivalentes, para efectos de validación, los requisitos, ensayos y resultados de los procedimientos de evaluación de la conformidad basados en la norma ISO 11439: 2013.
PAR. - Se aceptarán como equivalentes, para efectos de validación, los requisitos, ensayos y resultados de los procedimientos de evaluación de la conformidad basados en la norma ISO 20826.
PAR. - Se aceptarán como equivalentes, para efectos de validación, los requisitos, ensayos y resultados de los procedimientos de evaluación de la conformidad basados en la norma ISO 20766-3.
PAR. - Se aceptarán como equivalentes, para efectos de validación, los requisitos, ensayos y resultados de los procedimientos de evaluación de la conformidad basados en la norma ISO 20766-4.
PAR. - Se aceptarán como equivalentes, para efectos de validación, los requisitos, ensayos y resultados de los procedimientos de evaluación de la conformidad basados en la norma ISO 20766-5.
PAR. - Se aceptarán como equivalentes, para efectos de validación, los requisitos, ensayos y resultados de los procedimientos de evaluación de la conformidad basados en la norma ISO 20766-6.
