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RESOLUCIÓN MINCIT 0957 DE 2012 (SV)

Competencia de otras entidades gubernamentales.

ART. 48 -

ART. 48.— El cumplimiento de este Reglamento Técnico no exime a los talleres de conversión, fabricantes, comercializadores e importadores de los componentes incluidos en este reglamento técnico de cumplir con las disposiciones que para tales productos hayan expedido otras entidades.