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RESOLUCIÓN MINCIT 2881 DE 2014 (SV)
ART. 10.
ART. 10 -
—Notificación. Una vez expedida y publicada, la presente resolución se deberá notificar a través del Punto de Contacto a los países miembros de la Comunidad Andina, a la Secretaría General de la ALADI, a la Organización Mundial del Comercio y a los demás países con los que Colombia tenga Tratados de Libre Comercio vigentes.
