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RESOLUCIÓN MME 180141 DE 2007 (S.V)

ART. 3º

ART. 3º -

—Comuníquese la expedición de la presente resolución a la Dirección de Regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, no obstante que la modificación que por medio de esta resolución se hace al reglamento técnico no constituye un obstáculo al comercio internacional.