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RESOLUCIÓN MME 31183 DE 20218 (V)
ART. 8º
ART. 8º -
— Medios de atención. Para orientar el trámite de registro, revisar la documentación cargada al sistema y atender cualquier consulta sobre el tema, el SICOM-GNCV dispondrá de los siguientes medios:
- Call Center SICOM, Teléfono 324 0100.
- Línea nacional gratuita 018000-967 080 (24 horas al día los 7 días de la semana).
- Correo Electrónico: [email protected]; o diligenciar el formulario de contáctenos en http://www.sicom.gov.co/contactenos.shtml
- Chat dispuesto por el operador.
