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RESOLUCIÓN MME 31348 DE 2015 (V) -*

ART. 10º— Obligatoriedad de las transacciones a través del SICOM.

ART. 10º -

 Todos los agentes y actores relacionados en el artículo 2o de la presente resolución tienen la obligación de registrar y realizar todas las transacciones de combustibles y de sus mezclas con biocombustible, así como de las transacciones de biocombustibles, exclusivamente a través del módulo órdenes de pedido del SICOM.