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ANEXO II.
REQUISITOS TÉCNICOS DE REFERENCIA APLICABLES A LAS FACILIDADES PARA EL SUMINISTRO DE GAS NATURAL LICUADO - GNL PARA USO VEHICULAR (AUTOGNL).
Los siguientes requisitos mínimos son tomados de la Norma Internacional ISO 16924:2016 Natural gas fuelling stations - LNG stations for fuelling vehicles.
Las Facilidades de Suministro de Gas Natural Licuado (GNL) para uso vehicular, deberán observar las siguientes medidas:
- El uso de diseños y tecnologías intrínsecamente seguras;
- El uso de dispositivos y sistemas de protección;
- La adopción de procedimientos específicos de operación y mantenimiento;
- El uso de equipo de protección personal;
- La provisión de información y entrenamiento; y
- La adopción de planes de emergencia y procedimientos de emergencia.
Los equipos se deben instalar y utilizar de acuerdo con las instrucciones del fabricante.
Los componentes de la Facilidad de Suministro de Gas Natural Licuado (GNL) deben estar adecuadamente protegidos contra colisiones de vehículos, mediante el uso guardas o postes de acero rellenos de concreto, o protecciones equivalentes diseñadas para soportar la fuerza de colisión esperada. Se debe dar especial atención a la protección contra colisión del recipiente criogénico de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL) y el surtidor.
1.1 Requisitos relativos a los tanques de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL)
Los equipos que contengan Gas Natural Licuado (GNL) deberán estar ubicados al aire libre y en un ambiente naturalmente ventilado.
El Tanque de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL), tendrá sus válvulas de alivio de presión. Como mínimo dos (2) para el tanque interno y una válvula o dispositivo de alivio de presión para el tanque externo.
En tramos de tuberías que tengan válvulas en sus extremos, llevará una válvula de alivio de presión.
El tanque de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL) es un recipiente a presión, destinado a operar a temperaturas criogénicas. Como tal, deben cumplir con las normas aplicables a los tanques de almacenamiento criogénico a presión como, series ISO 21009, UNE-EN 13458, ASME VIII Div.1 o equivalentes.
Los tanques de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL) deben ser de una construcción de doble pared en el que el recipiente interno, que está diseñado para mantener el Gas Natural Licuado (GNL) se encuentre contenido dentro del recipiente exterior. El espacio anular entre los recipientes debe poseer aislamiento térmico (perlita o fibra de vidrio) y debe ser evacuado el aire para minimizar la transferencia de calor.
Cada tanque de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL) debe ser identificado mediante la fijación de una placa de identificación ubicada en un lugar accesible y que contenga como mínimo la siguiente información:
a) Nombre del fabricante y fecha en que se construyó el tanque, número de serie;
b) Capacidad volumétrica nominal del líquido;
c) Capacidad útil recomendada según producto almacenado;
d) Presión de diseño en la parte superior del tanque;
e) Presión de trabajo máxima;
f) Densidad máxima permitida del líquido;
g) Nivel máximo de llenado según producto almacenado;
h) Temperatura máxima y mínima de diseño;
i) Tipo de aislamiento utilizado; y
j) Valor del vacío obtenido en la fabricación.
Todas las tuberías que formen parte de un tanque de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL) entregado por el fabricante del tanque, incluyendo la tubería entre el interior y el exterior, debe estar de acuerdo con las normas y códigos aplicables con respecto a las cargas térmicas y de presión.
Cada tanque de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL) debe estar equipado con un manómetro que indique permanentemente la presión en el tanque por encima de su nivel máximo de llenado.
El recipiente debe estar equipado con al menos dos válvulas de alivio (primarias), conectados a la parte superior del recipiente interior. Las válvulas de seguridad deben cumplir con la norma ISO 21013-1. Cada válvula de alivio de presión debe descargar a la atmósfera abierta. Cuando la descarga de gas a la atmósfera se considere insegura, la línea de ventilación de la válvula de alivio se debe dirigir a un colector de venteo, lo que permite una descarga segura a la atmósfera.
El valor fijado de la presión de apertura de la válvula de alivio primaria debe ser inferior o igual a la presión máxima permisible de trabajo del tanque de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL). La presión del tanque de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL) no debe ser superior a 1,1 veces la presión máxima de trabajo admisible al caudal máximo de la válvula de alivio.
Se debe instalar un dispositivo de alivio de presión en la camisa exterior. El dispositivo se debe abrir a una presión que evite el colapso del recipiente interior y no sea superior a 50 kPa. El área de descarga del dispositivo de alivio de presión no debe ser inferior a 0,34 mm2/l de capacidad del recipiente interior y en cualquier caso no tiene que exceder de 5000 mm2. Tanques provistos de camisa de vacío deben estar equipados con instrumentos o conexiones para comprobar la presión en el espacio anular.
La contención puede estar ubicada alrededor o adyacente al tanque de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL) y demás elementos de la Facilidad de Suministro de Gas Natural Licuado (GNL) que contengan Gas Natural Licuado (GNL), tales como los regasificadores (vaporizadores), o puede estar localizado remotamente y conectado a todas las áreas donde existe un potencial derrame de Gas Natural Licuado (GNL) mediante un sistema de drenaje seguro. El fondo de la contención puede estar bajo el nivel del terreno circundante, al mismo nivel o por encima de él.
Se debe instalar una válvula automática de aislamiento o corte, de emergencia en la salida de líquido del tanque de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL). Dependiendo del tamaño del tanque de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL), se debe proporcionar accionamiento remoto por el sistema de parada de emergencia SPE de estas válvulas.
Las válvulas de aislamiento de emergencia deben ser a prueba de fallos. Se debe instalar una válvula de aislamiento comandada normalmente cerrada accionada por el sistema SPE a la entrada de cada dispensador.
El tanque de almacenamiento móvil de Gas Natural Licuado (GNL) debe estar diseñado para cumplir los requisitos de códigos y normas aplicables para el transporte de mercancías peligrosas y criogénicas, tales como ISO 20421-1, ADR, DOT o equivalente.
Específicamente en el país, para el transporte terrestre automotor de mercancías peligrosas por carretera se tendrá en cuenta las disposiciones del Ministerio de Transporte, los numerales 13.18.2.7 y 14.6.6 de la NTC 6276, la NTC 1692 “Transporte de mercancías peligrosas. Definiciones, clasificación, marcado, etiquetado y rotulado”, quinta actualización; la NTC 2880 “Transporte. Mercancías Peligrosas Clase 2. Condiciones de transporte terrestre”; y las especificaciones técnicas de las NTC 2462, 4702-2 y 4786-6 que le sean aplicables. Adicionalmente, para las modalidades de transporte marítimo y fluvial se tendrán en cuenta las disposiciones del Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas - IMDG de la Organización Marítima Internacional (OMI).
Durante el servicio, el tanque móvil debe estar estacionado y ser descargado desde un lugar determinado que cumpla con los requisitos de distancias de separación y zonas de explosión.
El tanque de almacenamiento móvil de Gas Natural Licuado (GNL) debe tener una válvula de cierre automático normalmente cerrada en la línea de salida de líquido situada cerca de la salida del tanque de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL). La válvula se debe cerrar en caso de emergencia o cuando el operador lo active, mediante un dispositivo(s) instalado(s) en la unidad. La válvula de cierre automático debe también estar vinculada al sistema SPE de la Facilidad de Suministro de Gas Natural Licuado (GNL) o a su propio sistema SPE autónomo, por lo que se requiere un análisis de riesgo especial.
La conexión de las bombas a los tanques de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL) debe hacerse de acuerdo con las recomendaciones del fabricante de la bomba. La conexión de tubería debe diseñarse con pérdidas de presión mínimas y mantenerse bien aisladas para evitar la transferencia de calor al fluido de trabajo.
Las bombas criogénicas destinadas a la instalación en exteriores deben estar adecuadamente protegidas contra las condiciones climáticas recomendadas por el fabricante de la bomba para garantizar un funcionamiento seguro y fiable.
Una bomba criogénica debe estar marcada por el fabricante. Deben llevar las marcas siguientes de manera duradera y legible en una placa firmemente unida:
a) Identificación del fabricante y, en su caso, identificación de su representante autorizado;
b) El año de fabricación;
c) Identificación única de la bomba, como tipo, serie o identificación de lotes y/o número de serie;
d) Datos esenciales del proceso tales como presión y temperatura de diseño, potencia nominal en kW (kilovatios) y tensión de alimentación en V (voltios);
e) Advertencia o condiciones especiales para un uso seguro; y
f) Clasificación de áreas peligrosas para las que se permite.
1.2 Requisitos relativos a los regasificadores (vaporizadores) y calentadores
El propósito del regasificador (vaporizador) es convertir el Gas Natural Licuado (GNL) de forma líquida a estado gaseoso. El propósito del calentador es de incrementar la temperatura del gas.
Los regasificadores (vaporizadores) y calentadores son utilizados en las Facilidades de Suministro de Gas Natural Licuado (GNL) para los siguientes propósitos:
a) La regasificación primaria para la conversión del Gas Natural Licuado (GNL) a vapor/gas;
b) Un sistema de calentamiento secundario, comúnmente instalado después del regasificador (vaporizador) primario. Este calentador es diseñado para asistir al descongelamiento y/o para incrementar la temperatura de salida para que sea compatible con la temperatura de diseño de los equipos aguas abajo;
c) Un regasificador (vaporizador) de aumento de presión para vaporización de Gas Natural Licuado (GNL), exterior al tanque de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL) y retornándolo al mismo tanque de almacenamiento de GNL para aumentar la presión del tanque; y
d) Un regasificador (vaporizador) de saturación para calentar o vaporizar Gas Natural Licuado (GNL) para aumentar la temperatura del Gas Natural Licuado (GNL) en el tanque de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL).
Los vaporizadores deben estar diseñados, fabricados e inspeccionados conforme a lo establecido en el Código para Calderas y Recipientes a Presión de ASME, Sección VIII.
La presión de diseño de los regasificadores (vaporizadores) y calentadores debe exceder la presión máxima posiblemente lograble durante la operación de la Facilidad de Suministro de Gas Natural Licuado (GNL), teniendo en cuenta la presión máxima permisible de operación (PMPO) del tanque de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL), el nivel de elevación hidrostático del tanque de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL) cuando este está lleno, la presión máxima de la bomba de Gas Natural Licuado (GNL) y toda posible fuente de presurización y sus combinaciones.
La temperatura de diseño del regasificador (vaporizador) debe ser -162 o.C, excepto cuando se pretenda realizar pruebas al regasificador (vaporizador) utilizando nitrógeno líquido, para este caso la temperatura de diseño debe ser de -196 o.C.
El regasificador (vaporizador) debe estar anclado y las tuberías de conexión deben ser lo suficientemente flexibles para proveer la expansión y contracción debido a los cambios de temperatura.
Cada regasificador (vaporizador) debe aislarse mediante válvulas de bloqueo tanto en el circuito de Gas Natural Licuado (GNL) gas natural como en el circuito de aporte de calor.
A la salida del vaporizador tendrá una válvula de alivio de presión. Por seguridad, considerar una válvula de cierre automático a la entrada del regasificador (vaporizador).
1.3 Requisitos relativos al surtidor o dispensador de Gas Natural Licuado (GNL)
No se debe superar el volumen máximo permitido de líquido del depósito de vehículo.
La temperatura del Gas Natural Licuado (GNL) entregado al vehículo debe ser compatible con las especificaciones del sistema de Gas Natural Licuado (GNL) para el vehículo.
La cantidad de Gas Natural Licuado (GNL) suministrado al vehículo se debe determinar mediante la medición en volumen (litros) y la aplicación de la densidad del Gas Natural Licuado (GNL) en el dispensador.
El dispensador de Gas Natural Licuado (GNL) debe funcionar en modo manual o automático.
El dispensador debe ser capaz de realizar las siguientes funciones:
a) Suministrar con seguridad el Gas Natural Licuado (GNL) desde el dispensador al depósito del vehículo;
b) Limitar las fugas generadas desde el conector de despacho de la manguera de despacho y del receptáculo del vehículo del gas residual que se libera al espacio intermedio entre el conector y el receptáculo al desconectar la manguera del dispensador después del despacho;
c) Permitir un manejo seguro del Gas Natural Licuado (GNL) que permanezca en la manguera de abastecimiento una vez finalizada la carga de combustible, devolviéndola, junto con cualquier vapor producido, al almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL);
d) Recuperar el vapor del tanque del vehículo cuando se emplea una manguera doble de despacho o cuando el vehículo se presenta para el reabastecimiento con presión excesiva en el tanque del vehículo.
En la isla del dispensador de Gas Natural Licuado (GNLV), no debe instalarse dispensadores de otros combustibles.
El dispensador debe estar equipado con los siguientes componentes:
a) Conector(es) de alimentación de Gas Natural Licuado (GNL) con o sin retorno / recuperación de vapor;
b) Mangueras para el abastecimiento de Gas Natural Licuado (GNL) con o sin retorno / recuperación de vapor;
c) Mangueras para la recuperación de vapor cuando no están integradas con la manguera de alimentación;
d) Receptáculo ficticio o soporte para el conector de despacho cuando la manguera de alimentación de combustible no esté en uso;
e) Dispositivo(s) break away, que puede ser una parte integral del conjunto de manguera;
f) Sistema para la estiba segura de la(s) manguera(s) cuando no esté en uso;
g) Medidor(es) de flujo;
h) Recipiente opcional de Gas Natural Licuado (GNL) para contener el medidor de flujo;
i) Sensores y transmisores de temperatura y presión;
j) Unidad de evaluación electrónica, que puede comunicarse con un terminal de pago;
k) Monitor que muestra la cantidad, precio, entre otros.
l) Válvulas de trabajo y de control de tuberías, incluidas válvulas térmicas y de alivio de presión;
m) Alimentación eléctrica y neumática;
n) Carcasa;
o) Botones de inicio y parada;
p) Botón de parada de emergencia, que también se puede utilizar como botón de arranque / parada; Botón de hombre muerto o manija.
La longitud del conjunto de la manguera de abastecimiento de combustible deberá ser el mínimo requerido para facilitar el abastecimiento de combustible, pero no debe exceder los 5 m de largo.
La manguera de abastecimiento de combustible debe cumplir con la norma ISO 21012 o norma equivalente. La manguera de abastecimiento de combustible debe ser:
a) Adecuada para el Gas Natural Licuado (GNL) y diseñada para reducir y/o evitar el riesgo de congelación criogénica;
b) Adecuada para el servicio a presión;
c) Resistente a la corrosión y a daños mecánicos, protegidos por un alambre de acero inoxidable o un diseño equivalente;
d) Soportada o recubierta adecuadamente para evitar el retorcimiento y la abrasión, si se utilizan mangueras termoplásticas / compuestas.
La marcación se debe realizar de acuerdo con la norma ISO 21012.
Las conexiones de la manguera deben soportar la presión de ruptura de la manguera.
El conector de despacho de combustible se debe diseñar de forma que el Gas Natural Licuado (GNL) solo pueda transferirse cuando el conector esté correctamente conectado al receptáculo del tanque del vehículo (conforme a la ISO 12617).
El dispensador debe estar localizado al aire libre en una posición bien ventilada, de utilizarse techo para que proteja las islas o zonas adyacentes a las islas, la altura mínima será de cuatro metros con noventa centímetros (4,90 m) y deberá contar con un sistema de iluminación antiexplosivo.
El dispensador debe estar equipado con una manguera y un conector para recuperar el gas de la sobrepresión en el depósito del vehículo.
Deberá existir por cada dispensador al menos un extintor de Polvo Químico Seco.
Las instrucciones para el suministro o despacho de combustible se deben mostrar claramente en las unidades dispensadoras inmediatamente adyacentes a cada manguera de abastecimiento. Las instrucciones deben incluir las precauciones de seguridad pertinentes con referencias específicas a no fumar y el apagado del motor del vehículo.
1.4 Distancias de seguridad
Las distancias de seguridad entre el recipiente criogénico de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL), el punto de transferencia de Gas Natural Licuado (GNL), los límites de las instalaciones, la edificación, el almacenamiento de otros líquidos y gases inflamables y otros equipos de la Facilidad de Suministro de Gas Natural Licuado (GNL) deben ser las necesarias para limitar el potencial de propagación de un incidente relacionado con Gas Natural Licuado (GNL) a las actividades adyacentes y viceversa, deben cumplir como mínimo con los valores señalados en las Tablas B.1 y B.2 del Anexo B de la ISO 16924:2016.
1.5. Sistemas de instrumentación y equipos de seguridad y protección contra incendios
Se debe instalar detectores de metano sobre los lugares donde es más probable encontrar fugas de gas, por ejemplo, dentro de los techos que cubren equipos potencialmente con fugas, y debe estar adecuadamente posicionadas, de tal manera que proporcionen una alta probabilidad de detección de fugas. Como mínimo:
a) Se debe colocar un detector de metano en cada zona de despacho de Gas Natural Licuado (GNL);
b) Se debe instalar un número adecuado de detectores de metano en lugares dentro de la Facilidad de Suministro de Gas Natural Licuado (GNL) para cubrir todas las potenciales fuentes de fuga de gas. Se debe prestar especial atención a la zona de descarga de Gas Natural Licuado (GNL).
Se debe instalar detectores de fuego y/o sensores de temperatura adecuadamente situados en lugares donde exista riesgo de ignición.
Se debe instalar un sensor de temperatura en la tubería que conecta el regasificador (vaporizador) de alta presión con la parte de la estación de suministro de Gas Natural Licuado (GNL). El flujo del gas se debe detener si se detecta una temperatura inferior a -40 o.C y se debe proveer sensores de temperatura en la base del tanque de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL).
Los dispositivos manuales del Sistema de Parada de Emergencia (SPE), o (Emergency Shut Down (ESD), por sus siglas en inglés) deben colocarse adecuadamente en toda la Facilidad de Suministro de Gas Natural Licuado (GNL) en lugares en los que el operador pueda acceder con seguridad. Se debe colocar un dispositivo manual del SPE en o cerca de cada dispensador de Gas Natural Licuado (GNL). La ubicación de los dispositivos manuales del SPE debe estar claramente señalizada.
El requerimiento para el SPE debe depender del tamaño del tanque de almacenamiento de GNL como se indica a continuación:
a) Para los tanques del almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL) con una capacidad menor a 5 toneladas, la primera válvula de la línea de suministro debe estar cerca del tanque y poder funcionar con seguridad en una emergencia;
b) Un SPE automático debe ser instalado en las Facilidades de Suministro de Gas Natural Licuado (GNL) que tengan una capacidad de almacenamiento mayor a 5 toneladas;
c) Donde el tanque de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL) no exceda las 200 toneladas, el SPE puede ser parte del sistema de control de la planta;
d) Donde el tanque de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL) exceda las 200 toneladas, el SPE debe ser un sistema independiente.
El SPE se debe activar con:
a) Los detectores de gas;
b) Los detectores de fuego;
c) Los sensores de baja temperatura proporcionados en la base del tanque de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL); el valor típico de ajuste es de -75 o.C;
d) Fallo de la alimentación eléctrica principal, instrumentos de fuerza o suministro de aire/nitrógeno;
e) Activación manual de cualquier pulsador del SPE;
f) Sensores sísmicos, si están instalados; los cuales deben ser considerados para instalaciones con tanque de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL) superior a 12 m3 (5 toneladas) y localizados en áreas con mayor riesgo de actividad sísmica.
Cuando el SPE es activado, una alarma local con señales acústicas y visuales se debe activar, y la empresa operadora debe ser notificada automáticamente mediante una alarma, una comunicación electrónica u otros medios igualmente eficaces.
1.6 Entrenamiento
Las personas que realicen el abastecimiento de combustible deben estar capacitados, especialmente en lo siguiente:
a) Procedimientos y precauciones de seguridad;
b) Los procedimientos de abastecimiento de combustible;
c) Evaluación del funcionamiento normal y anormal del equipo;
d) Medidas que deben tomarse en situaciones de emergencia (por ejemplo, SPE);
e) Otros procedimientos y precauciones de seguridad;
f) Protección contra incendios.
Para piezas criogénicas, se debe utilizar únicamente material apropiado para servicio criogénico. Se puede tomar como referencia la ISO 21028-1 u otras normas aplicables. Se debe evitar la corrosión galvánica cuando diferentes materiales están en contacto directo.
Para las tuberías, se debe aplicar lo establecido en la norma ASME B31.3 o norma equivalente.
Para garantizar una operación segura, la presión máxima permisible de trabajo del tanque de almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL) debe ser al menos 300 kPa mayor que la presión máxima permisible de trabajo del recipiente criogénico del vehículo que transporta Gas Natural Licuado (GNL). Cuando no pueda cumplirse tal requisito, se deben aplicar medidas de diseño a prueba de fallos y/o procedimientos para comprobar la saturación del Gas Natural Licuado (GNL) suministrado o medidas de diseño del proyecto para evitar el exceso flash gas.
