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RESOLUCIÓN MME 40279 DE 2017 (V)

Disposiciones varias

ART. 16 -

CAPÍTULO IV

ART. 16.—Cronograma de implementación. Para la implementación del módulo de GNCV en el Sicom, la dirección de hidrocarburos elaborará un cronograma con las actividades y plazos que deben cumplir los diferentes agentes y actores que intervienen en el proceso, el cual se publicará a través del Sicom-GNCV o de la página web del Ministerio de Minas y Energía.