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RESOLUCION SSPD 4640 DE 2000 (S.V)

ART. 4º

ART. 4º -

— Vigencia.  La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, en el Diario Oficial y modifica en lo pertinente, la Resolución SSPD 1416 del 18 de abril de 1997 y las demás normas que le sean contrarias.

PUBLÍQUIESE Y CÚMPLASE