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ART. 33.—Información sobre el estado de ejecución de los proyectos que hacen parte del PNI y de las IAC. Dentro del mes siguiente a la finalización de cada año del período tarifario t, el transportador enviará a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios una declaración sobre el estado de ejecución de los proyectos que hacen parte del PNI y de las IAC. Esta declaración deberá contener la siguiente información, sin perjuicio de los requerimientos adicionales que pueda hacer la Superintendencia: a) Nombre del proyecto; b) Fecha de entrada en operación del proyecto, de acuerdo con la resolución particular de aprobación de cargos regulados que expida la CREG; c) Fecha prevista para la entrada en operación del proyecto, en caso de que el transportador prevea una desviación frente a la fecha a la que se hace referencia en el literal anterior; d) Estado de ejecución del proyecto, especificando si está por ejecutar, si está en ejecución, caso en el cual reportará el porcentaje de ejecución, o si el proyecto está en operación.
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