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ART. 3º—La empresa deberá poner la siguiente nota aclaratoria en el cuerpo de las facturas: “Procedimiento para calcular la equivalencia en kilovatios hora de la cantidad de gas que le ha sido facturada: a. Determinar el consumo de gas en metros cúbicos o en galones, estableciendo la diferencia entre la lectura actual y la lectura inmediatamente anterior. b. Multiplicar el número de metros cúbicos o galones consumidos por el poder calorífico establecido en su factura. c. Dividir el resultado de la operación anterior por 3.6 para obtener el número de kilovatios hora”. Conc.; RESOLUCIÓN CREG 067 DE 1995 (V) -* Anexo General nums. 5.39, 5.40 ;
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