ART. 122.—Régimen de aportes en eventos de reducción del valor nominal.  La superintendencia, en el evento de la reducción en el valor nominal de los aportes a las empresas de servicios públicos cuyo capital esté representado en acciones, podrá disponer que sólo se emitan títulos de acciones por valores superiores a una décima parte de un salario mínimo.

Conc.; LEY 142 DE 1994 (V) -* Art. 60 num. 3 ;