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ART. 2º— Ámbito de aplicación. La presente resolución tiene como fin regular las condiciones para la prestación del servicio de energía eléctrica y gas combustible a usuarios finales de nivel de tensión 1 para el caso de energía eléctrica y para usuarios de la red de distribución para el caso de gas combustible, con el sistema de comercialización prepago. No aplica a otros sistemas de pagos anticipados distintos, los cuales serán regulados en resolución aparte.
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