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ART. 6º— Determinación del costo del gas cuando la prestación del servicio se hace con diferentes gases combustibles. Cuando se suministre Gas Natural (GN) y Aire Propanado (AP) en un mismo mercado relevante de comercialización, el Gm,i,j resultante será un promedio ponderado entre: i) los volúmenes de cada uno de los gases inyectados al sistema de distribución y, ii) los costos unitarios de compra (Gm,i,j) de cada combustible, calculado con la siguiente fórmula: Donde: Gm,i,j: Costo promedio unitario expresado en $/m3 para compras de gas para el mes m en el mercado relevante de comercialización i y atendido por el comercializador j. Gem-1,i,j: Costo promedio del gas e, expresado en $/m3, inyectado al sistema de distribución en el mes m-1 en el mercado relevante de comercialización i y atendido por el comercializador j. Vem-1,i,j: Volumen del gas e, expresado en m3, inyectado al sistema de distribución en el mes m-1 en el mercado relevante de comercialización i y atendido por el comercializador j. Este volumen será corregido por presión, temperatura y compresibilidad, acorde con lo que se define en el numeral 5.39 de la resolución CREG 067 de 1995 o aquellas que la modifiquen adicionen o sustituyan. Vtm-1,i,j: Volumen total corregido de los n gases Ge inyectados al sistema de distribución, expresado en m3, en el mes m-1 el mercado relevante de comercialización i y atendido por el comercializador j.
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