ART. 30º Regulación de carácter general. El Comité de Expertos distribuirá entre los expertos la dirección de cada uno de los proyectos contenidos en la agenda anual y asignará los asesores con los cuales se llevarán a cabo las actividades de investigación, análisis, y desarrollo del proyecto.

Por cada proyecto de regulación de carácter general el equipo responsable hará una planificación del diseño que identifique sus etapas, los recursos necesarios para su desarrollo y el cronograma del mismo. La planificación del diseño será aprobada por el experto líder del proyecto y los cronogramas serán publicados en la página web de la CREG.