ART. 4ºNotificación. Una vez expedida la presente resolución, notifíquese a los países miembros de la Comunidad Andina, de la Organización Mundial del Comercio y de los Tratados de Libre Comercio en que sea parte Colombia de conformidad con lo establecido en el artículo 4º del Decreto 1112 de 1996, por el Punto de Contacto de Colombia, numeral 6º del artículo 28 del Decreto 210 de 2003.