ART. 6º. — Derogado. Decreto 865 de 2013, art. 4.

Notas

— Se debe tener en cuenta que el decreto 1471 de 2014 modificó y derogó algunas disposiciones del Decreto 2669 de 1993. Los artículos 1,2,4,5,6 al 10, 12 al 19, 21 al 25 y 27 al 46 del Decreto 2669 de 1993 fueron derogados expresamente por el Decreto 1471 de 2014.

— El artículo decía: "ART. 6º—La condición de acreditado será reconocida siempre y cuando la acreditación haya sido otorgada por la Superintendencia de Industria y Comercio, por el Organismo Nacional de Acreditación o por otros organismos de acreditación que se organicen con posterioridad, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2º del presente decreto".