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ART. 5º— Información del dispositivo de identificación. La información del dispositivo de identificación deberá contener como mínimo lo siguiente: •Placa del vehículo, marca, modelo y año. •Tipo de vehículo. •Identificación del taller instalador, con su número de registro. •Identificación del proveedor de los equipos completos (Kit y sus componentes) para el caso de los vehículos convertidos. •Identificación del fabricante para el caso de vehículos dedicados a GNCV. •Cantidad de cilindros instalados y el serial de los mismos. •Fecha de conversión o de fabricación del vehículo. •Fecha de vencimiento de la revisión de mantenimiento de los componentes del sistema de GNCV.
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