ART. 15.—Ajustador del flujo de gas que se utiliza en los equipos de conversión a GNCV. Los ajustadores del flujo de gas que se utilizan en los equipos de conversión a GNCV para vehículos automotores deberán cumplir con los siguientes requisitos particulares de etiquetado y técnicos específicos.

15.1. Requisitos particulares de rotulado para ajustador del flujo de gas. El rotulado del ajustador del flujo de gas debe brindar la información suficiente para identificar:

a) El nombre del fabricante o su representante, marca comercial o logotipo

b) La designación del modelo (el número de la parte).

c) La presión de servicio o el rango de la presión y de temperatura.

15.2. Requisitos técnicos específicos, numerales y ensayos aplicables. Ajustador del flujo de gas: El ajustador del flujo de gas debe cumplir con los requisitos técnicos específicos y con los respectivos ensayos de los numerales establecidos en la Norma Técnica Colombiana NTC 4830-10 Primera Actualización: 2002-11-27, de acuerdo con lo señalado en la siguiente Tabla Nº 9:

TABLA Nº 9

Ajustador del flujo de gas

Requisitos técnicos específicos

Numeral de los requisitos NTC 4830-10

Numeral de los ensayos de verificación NTC 4830-10

R.1 Resistencia hidrostática

6.2

6.2 y 6.1

R.2 Fugas

6.3

6.3 y 6.1

R.3 Resistencia al exceso de torque

6.1

6.1

R.4 Momento de flexión

6.1

6.1

R.5 Operación continua

6.4

6.4 y 6.1

R.6 Resistencia a la corrosión

6.1

6.1

R.7 Envejecimiento con oxígeno

6.1

6.1

R.8 Sobrevoltaje eléctrico

6.1

6.1

R.9 Inmersión en sintéticos no metálicos

6.1

6.1

R.10 Resistencia a vibración

6.1

6.1

R.11 Compatibilidad del material con el bronce

6.1

6.1

R.12 Resistencia al aislamiento

6.5

6.5 y 6.1

R.13 Voltaje de apertura mínimo

6.6

6.6 y 6.1

 

PAR.—Se aceptarán como equivalentes, para efectos de validación, los requisitos, ensayos y resultados de los procedimientos de evaluación de la conformidad basados en la norma ISO 15500-10.