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ANEXO 1 Requisitos para la inspección y pruebas en la preconversión y posconversión de vehículos convertidos a GNCV El taller debe diseñar un formato para el registro de la verificación de los requisitos para la preconversión y posconversión establecidos en este anexo. 1. Inspecciones de preconversión 1.1. Información del vehículo Se debe disponer de la siguiente información del vehículo para iniciar el proceso de preconversión: a) Número de placa o número VIN (para vehículos nuevos). b) Modelo del vehículo. c) Marca. d) Tipo. e) Sistema de combustible (carburado o inyectado). f) Cilindraje. g) Kilometraje. h) Modificaciones del vehículo (repotenciación u otros). 1.2. Inspecciones visuales Antes de efectuar las pruebas preconversión, conviene efectuar una serie de inspecciones visuales que permitan establecer el estado general del vehículo y determinar si se continúa con las pruebas de preconversión o se finaliza el proceso en este punto. Estas inspecciones de tipo visual deben abarcar el estado del chasis, los pisos y la carrocería; así como si todos los componentes del sistema pueden ser instalados en lugares accesibles y seguros. 1.3. Pruebas de preconversión Las pruebas de preconversión deben ser efectuadas después que se alcance la temperatura de funcionamiento del motor y son las siguientes: 1.3.1. Verificación de estado y carga del sistema eléctrico En esta prueba se deben verificar los siguientes aspectos: a) Estado de la batería. b) Prueba de voltaje nominal. c) Prueba de capacidad de arranque de la batería. d) Prueba de esfuerzo de la batería. e) Prueba de recuperación de batería. g) Masas al chasis y carrocería. 1.3.2. Verificación del control y estabilidad del sistema de carga En esta prueba se deben verificar los siguientes aspectos: a) Verificación de consumo de amperaje y regulación de voltaje con dispositivos apagados (en OFF) en marcha mínima y en alta. b) Verificación de consumo de amperaje y regulación con dispositivos encendidos (en ON) en marcha mínima y alta. 1.3.3. Verificación del estado mecánico del motor En esta prueba se deben verificar los siguientes aspectos: 1.3.3.1. Pruebas de vacío dinámico a) Comportamiento de vacío en marcha mínima. b) Comportamiento de vacío en marcha alta. c) Comportamiento de vacío con cargas eléctricas (dispositivos en ON) a motor. 1.3.3.2. Prueba de compresión comparada a) Verificación de compresión máxima o tercer salto del medidor de compresión en cada cilindro. b) Verificación de compresión por anillos o primer salto. 1.3.3.3. Si después de realizadas las pruebas anteriores se detecta que uno o más cilindros no están conformes con los parámetros establecidos, se debe realizar la prueba de retención por cilindro o prueba de estanqueidad teniendo en cuenta la medición de la pérdida máxima permisible en los siguientes puntos: anillos, válvula de admisión, válvula de escape y en el sistema de refrigeración. 1.3.4. Verificación del estado y funcionamiento del sistema de encendido. 1.3.4.1. Verificación del sistema de encendido original o adaptaciones. 1.3.4.2. Verificación de la alimentación a la(s) bobina(s) de encendido. 1.3.4.3. Verificación del estado y funcionamiento de la(s) bobina(s) de encendido. a) Verificación de conexiones eléctricas. b) Verificación de la resistencia del primario. c) Verificación de la resistencia del secundario. d) Verificación del aislamiento a carcasa. 1.3.4.4. Verificación del grado de avance en gasolina a) En marcha mínima y velocidad de crucero. b) Verificación del funcionamiento correcto del avance por vacío y del avance dinámico o centrífugo. 1.3.4.5. Verificación del control y variación del tiempo de saturación a) En vehículos carburados, verificación del ángulo DWELL. b) En vehículos de control electrónico, verificación del tiempo de saturación en milisegundos. 1.3.4.6. Verificación del estado eléctrico del circuito secundario a) Verificación del estado de la tapa del distribuidor, eje y del rotor. b) Verificación de la resistencia de los cables de alta tensión. c) Verificación de los kilovoltios promedio. d) Verificación del tiempo de quemado. e) Verificación de la resistencia de la bujía. 1.3.5. Verificación del estado y funcionamiento del sistema de control en marcha mínima 1.3.5.1. En sistemas carburados a) Verificación del estado y ajuste de la(s) mariposa(s) del carburador. b) Verificación de inexistencia de fugas de combustible del carburador. c) Verificación del estado de la carcasa del filtro de aire. d) Verificación del estado del filtro de aire. 1.3.5.2. En sistemas inyectados a) Verificación del estado y ajuste de la(s) mariposa(s) del cuerpo de aceleración. b) Verificación del circuito alterno de marcha mínima. c) Verificación del funcionamiento correcto de la válvula de recirculación de gases (EGR), motor de paso para regulación de mínima (IAC) y válvula de ventilación positiva (PCV). d) Verificación del estado de la carcasa del filtro de aire. e) Verificación del estado del filtro de aire. 1.3.5.3. Se deben realizar adicionalmente las siguientes verificaciones en sistemas inyectados. a) Existencia de códigos de fallas. b) Sensores. c) Señal de sensores de cantidad de aire. d) Sensor de posición de mariposa acelerador. e) Sensor de temperatura de aire. f) Los cruces de sensor de oxígeno. g) Sensor de posición de cigüeñal. h) Actuadores. i) Impedancia de los inyectores y su tiempo de apertura. j) Sensor de posición de eje de levas. 1.3.6. Análisis de gases Se deben realizar las siguientes verificaciones: a) Estado del conducto de escape (obstrucciones y fugas). b) Análisis de gases en marcha mínima. c) Análisis de gases en marcha alta. Utilizando el procedimiento contemplado en la NTC 4983:2001 numerales 3.2 y 3.3 y respetando los valores máximos permisibles para fuentes móviles que establece la reglamentación ambiental vigente expedida por el Ministerio del Medio Ambiente. 1.3.7. Revisión del sistema de refrigeración Se deben realizar las siguientes verificaciones: a) Funcionamiento del termostato. b) Funcionamiento de la tapa del radiador. c) Funcionamiento del ventilador(es) y del termistor que controla el funcionamiento del ventilador. d) Mangueras de refrigeración y correa. e) Hermeticidad del sistema. f) Indicador del tablero para temperatura. 1.3.8. Verificación del sistema de lubricación Se debe hacer la verificación de fugas de aceite por retenedores o sellos y estado del empaque del carter, empaque tapa válvulas e indicador del tablero para aceite. 1.4. Parámetros de referencia Tanto para las inspecciones como para las pruebas preconversión, el taller de conversión debe establecer para cada tipo de vehículo (marca y modelo) los parámetros o valores contra los cuales se efectúa la verificación de los diferentes ítems. Estos parámetros deben ser definidos a partir de las especificaciones del fabricante del vehículo, recomendaciones en manuales de mantenimiento automotriz, recomendaciones del fabricante de los equipos y componentes de conversión. NOTA: Los parámetros de comparación se ven afectados por el uso que el vehículo haya tenido, así como por su mantenimiento preventivo o correctivo. 1.5. Resultados de la evaluación Si el vehículo cumple con todos los requisitos aplicables establecidos anteriormente, el vehículo es apto para convertir, de lo contrario el vehículo debe ser rechazado. 2. Inspecciones Posconversión 2.1. Verificación proceso de conversión Antes de efectuar las pruebas posconversión, se debe verificar que el proceso de montaje del equipo y su conexión con los diferentes sistemas del vehículo se hayan cumplido en su totalidad, y que estén conformes con lo establecido en el Capítulo V de este Reglamento. Adicionalmente, se debe revisar la hoja de control o protocolo de la conversión para establecer que se hayan efectuado las siguientes verificaciones: —Funcionamiento eléctrico de la llave conmutadora y del Safety Car —Funcionamiento correcto del variador de avance y emuladores 2.2. Pruebas posconversión Las pruebas del estado y funcionamiento del vehículo con GNCV, son las siguientes: 2.2.1. Verificación de la velocidad de marcha mínima Estabilidad de marcha mínima en ralenti y bajo máxima carga eléctrica y aire acondicionado. 2.2.2. Verificación del comportamiento en aceleración en vacío Se deben realizar las siguientes verificaciones: —Estabilidad de aceleración sin carga a motor. —Estabilidad de aceleración con máxima carga eléctrica al motor y aire acondicionado. 2.2.3. Verificación del funcionamiento del sistema secundario de encendido Se deben realizar las siguientes verificaciones: —Kilovoltaje de chispa (tanto en mínima como en velocidad crucero). —Kilovoltaje en bujías y tiempo de quemado (tanto en mínima como en velocidad crucero). 2.2.4. Verificación del comportamiento del avance de encendido Se deben realizar las siguientes verificaciones: —Avance inicial o básico en marcha mínima. —Avance a velocidad crucero del motor. —Avance con carga eléctrica. 2.2.5. Verificación de fugas Se deben realizar las siguientes verificaciones: —Ausencia de fugas en las mangueras de calefacción del regulador y purga correcta del sistema. —flujo y normal calentamiento del regulador. —Ausencia de fugas de gas en todos los componentes sometidos a presión del equipo de GNCV. —Ausencia de fugas en el sistema de gasolina. 2.2.7. Vehículos inyectados En los vehículos inyectados se deben realizar las siguientes verificaciones: a) Señal de sensores de flujo de aire. b) Sensor de posición mariposa acelerador. c) Sensor de temperatura de carga de aire. d) Los cruces del sensor de oxígeno (cuando sea aplicable). e) Corte de inyectores y bomba de combustible (cuando sea aplicable). f) La existencia de códigos de fallas (si existen, revisión y corrección). 2.2.8. Medición de gases Se deben medir los siguientes gases: CO, CO2, HC y O2 en gas natural y gasolina de acuerdo a lo contemplado en la NTC 4983 en marcha mínima y velocidad crucero; utilizando el procedimiento contemplado en los numerales 3.2 y 3.3 y respetando los valores máximos permisibles para fuentes móviles que establece la reglamentación ambiental vigente, expedida por el Ministerio del Medio Ambiente. 2.3. Revisión y ajustes Cuando ya se hayan efectuado las verificaciones posconversión y se deban introducir ajustes y puesta a punto del proceso de conversión, se debe registrar la información pertinente en relación con estas intervenciones, para dejar constancia de las operaciones efectuadas. 3. Registro y archivo de los resultados Los resultados de la evaluación preconversión y posconversión deben registrarse en el formato de registro prestablecido por el taller de conversión, debidamente firmado por la persona que adelantó la evaluación, el cliente y las instancias de revisión y aprobación que se definan. El formato de registro forma parte de la documentación de soporte que se debe archivar para cada vehículo, con destino a los procesos de certificación de conformidad de la conversión de este y para propósitos de control y seguimiento en la revisión periódica. Se deben conservar registros del número del reductor y las improntas de la serie del cilindro. (C. F.). NOTA: Publicado en el Diario Oficial 48387 de marzo 29 de 2012.
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